Mujer, maternidad, trabajo son tres palabras que están integradas en la Ley 30/2005 de 29 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2006. ¿Pero a qué se refiere esta ley? Esta ley de presupuestos, de nombre numérico, engloba en uno de sus apartados un nuevo intento de fomentar el acceso de aquellas mujeres que ejercieron su derecho a tener hijos dos años atrás. ¿Por qué se toman estas medidas para fomentar el trabajo?
Sería sencillo contestar a esta pregunta si tomamos en cuenta a la vez que esta ley, los datos que ofrecía por las mismas fechas el Instituto Nacional de Estadística: el promedio de hijos por mujer, que estaba situado alrededor de 1,3 y que si consideramos como funcionan en realidad las medias (un hombre se come dos pollos y otro ninguno, la media nos dice que ambos se comieron un pollo) podemos llegar a la conclusión de que los datos no son muy alentadores ni para la sociedad, ni para el futuro. Es bien sabido, que cuando hay que tomar medidas legales para solucionar algo hay un problema de trasfondo, y este si cabe es bastante severo.
La mujer española hace unas décadas no se planteaba ni si quiera la posibilidad de no tener hijos, puesto que además de estar menos vinculada al mercado laboral no sufría discriminación por el hecho de ser madre. Ahora sí, toda mujer que quiera acceder al mercado laboral se plantea la posibilidad de no tener hijos, ya que cuando intenta proyectar su carrera profesional en determinadas direcciones ve limitado su camino si desea tener hijos o ya los tiene.
Pero comentemos casos reales: El verano pasado llevé a cabo las prácticas de la carrera en una entidad bancaria, y en la solicitud curiosamente preguntaban: estado civil y número de hijos. Lo cierto es que concluyeron las prácticas y aun estoy buscando una explicación para comprender porque se incluían esas cuestiones en el formulario, ya que por ley cualquier persona tiene derecho a preservar su intimidad, la que en situaciones normales no suele afectar a la elaboración de su trabajo: tener hijos, estar soltero, divorciado, viudo…
El segundo caso es el de una mujer de 28 años que quiso tener su primer hijo, trabajaba en una empresa privada con un contrato indefinido, y por supuesto al día siguiente de terminar su baja de maternidad fue despedida sin explicaciones: el empresario se curó en salud esperando a terminar la baja maternal ya que así a ojos de la justicia la mujer no podría demostrar discriminación. Otros casos son los de aquellas mujeres que trabajan en contrato temporal y que no son renovadas después de conocerse su estado de buena esperanza.
Como leemos son muchas las situaciones discriminatorias que desaniman a tener hijos, pero también es cierto que existen costes laborales que debe asumir la empresa por cada mujer trabajadora que obtenga su baja maternal. Desde mi punto de vista creo que sería mejor suplir los costes laborales o ayudar a las empresas en una parte de estos, a tener que realizar actividades de fomento, donde el estado paga globalmente (seguridad social y salario) durante un año completo la incorporación de una madre reciente al mercado laboral. ¿Por qué no lo considero conveniente? Por una razón muy sencilla porque incrementan la picaresca empresarial, ya que en situaciones normales después de este año trabajando en la empresa, la mujer es despedida y vuelven a contratar a otra en la misma situación, al igual que sucede en otros casos que se fomenta el trabajo mediante subvenciones: contratos en prácticas, de aprendiz, por mujer menor de 25 años, parados de larga duración, etc…
De todas formas yo animo a todos y todas a reivindicar nuestro derecho a ser padres y madres, ya que es algo natural que no debe estar vetado ni por leyes ni burocracias, sino por nuestra propia decisión y consciencia.
* Este articulo apareció en la edición impresa de El Día de Ciudad Real el Miércoles, 31 de mayo de 2006